1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al empresario para la subsanación de las deficiencias observadas, aparte que por la recaída e inminencia de los riesgos procediese resolver la paralización prevista en el https://kylerltyil.pointblog.net/detalles-ficción-y-ruido-ocupacional-81819374